Translate

lunes, 16 de enero de 2012

CHARLA CON ANTONIO RENTERO



Antonio Rentero Una cosa es la solidaridad con alguien, sea culpable o inocente, pero eso de "es inocente diga lo que diga el Supremo" demuestra el respeto que se tiene con la Justicia: sólo si es como a mí me gusta. Después vendrá el mismo respeto a la Democracia, que sólo es válida si ganan los míos.




Creo, Antonio Rentero, que es inevitable que replique. Estas contestaciones, por cierto, evidencian nuestras posiciones ideológicas, -uno y otro en las antípodas- pero ni para ti es malo, ni para mí tampoco (tal vez algo perjudicial, pero asumo con cierta "valentía" ir contra corriente): quiero decir, que es un libre ejercicio de exposición de ideas y posturas. Vaya por delante, que ese ·"slogan", más o menos acertado, es semejante, por el uso de la sinécdoque hiperbólica, al que en su día lanzó la conferencia episcopal hablando del aborto con la imagen de un niño de 9 meses, precioso donde los hubiera, es igual a las declaraciones públicas -te remito a hemerotecas- sobre la disposición del gobierno regional murciano de llevar a cabo el proyecto de Cabo Cope, diga lo que diga el Tribunal Constitucional. En el caso de de este titular, y reitero que sólo he visto el titular y no me ha ofendido para nada, te remito a lo "justa" que parece ser la justicia, archivando causas de maltrato machista "porque golpear a una mujer no es estrictamente violencia machista" o "llamarla zorra" o retirar la custodia de unos hijos porque sus madres son lesbianas (intentarlo, al menos). Te recuerdo que una de las personas que más quiero ha tenido que ver en una sentencia de un juzgado de Cartagena que una promotora inmobiliaria de un potente grupo murciano tiene más derechos sobre una propiedad, que un agricultor, en una demanda de retracto sobre un espacio ubicado en un parque regional, ZEPA y LIC incluídos, que quien se ha dedicado toda su vida a cultivarla y sin olvidar que en un parque natural sólo se puede, en este caso, ejercitar la agricultura extensiva; pues no, una promotora inmobiliaria, gracias a un juez -que ni se presentó en el lugar para conocer las caractérísticas específicas del sitio- le arrebata una propiedad a un agricultor que tiene sus bancales como los jardines de Babilonia. Quiero decir mucho más, quiero señalar que la campaña contra Garzón desde asociaciones de "ultraderecha" tras la investigación del caso Gurtel proliferó, también desde otros frentes, con el intento de investigar las víctimas del franquismo, y proliferaron con el fin de dañar la imagen de alguien, desde mi punto de vista, en exceso mediatizado, pero injustamente tratado. La "justicia no es justa", y probablemente, esta afirmación me pudiera llevar a la cárcel o a pagar una multa, por el simple hecho de escribirla, pero ver ensombrecida la imagen de un juez adalid en la imparcialidad de sus investigaciones, -recordemos que, tanto investigó casos de corrupción socialista, como corrupción de cualquier tipo, y se ha enfrentado a cuantos organismos han cometido un "supuesto" crimen-. Garzón es un héroe o un villano, según quien esté detrás del banquillo y, precisamente eso, es lo que hace que me sienta más cercano a la frase que proponen ese grupo de intelectuales: tras tantos casos, en los que las sentencias son irrisorias, impertinentes, y en algún caso probado, muchos, reprobados por el Constitucional y después enmendadas, otras muchas, por Strasburgo o La Haya (mis carencias intelectuales me llevan a dudarlo). Me atrevo a recordar, incluso, el episodio, mera caricatura de la realidad, que a tenor de una inmersión del ejecutivo en en el ámbito legislativo para sancionar una falta, yo no sé si merecida o no, el estamento se puso en pie corporativamente para demostrar que los jueces son intocables, aunque las faltas cometidas por uno de ellos ocasionara, evidentemente, -de una forma fortuita y sin intención alguna por parte del juzgado- la muerte de una niña a manos de un "loco" que debía estar encarcelado y cuyo mandamiento el juzgado no llevó a término . Yo no sé mucho de jueces, pero las poquitas cosas que he visto sentenciadas a mi alrededor, desde luego reclaman una reforma no sólo de las leyes, sino de las personas, el derecho y todo cuanto sea reformable en términos de justicia. Lógicamente, te habla un hombre con graves carencias intelectuales que presume de la existencia de libertad de opinión en España, aunque ya te digo, puedo estar equivocado. Aún así, Garzón, no puede ser culpable de nada, -todos conocemos por las "pelis" los resquicios legales y la arquitectura legal igual que la arquitectura financiera- No se puede ser culpable de querer juzgar crímenes, económicos, de guerra, de hace seiscientos años o contra la humanidad, menos siendo juez de la Audiencia Nacional.






Antoñico, el ejemplo de la sentencia "zorra" es paradigmático del interesado desconocimiento de muchos con tal de hacer causa común. La frase completa que todo el mundo elude, porque si no se acaba la polémica, era "dile a tu madre que tendrá que andar con cuidado como las zorras cuando vaya por la calle". Eso no es decirle a una mujer que comercia con su cuerpo, así lo entendió el juez y así lo explicó, pero nadie se tomó la molestia de leer la sentencia completa. En una decisión sin precedentes el juez Ferrín Calamita fue expulsado de la carrera judicial por (literalmente) "dilatar durante 6 meses el trámite de dar audiencia al informe psicológico". En el despacho tenemos demandas presentadas en determinados Juzgados que llevan MÁS DE UN AÑO sin proveer... ¿expulsamos tb. Estos jueces de la carrera judicial? La Justicia la imparten seres humanos, imperfectos y falibles, y en muchas ocasiones son las propias partes las que comenten errores que el Juez no puede (NO DEBE) enmendar porque no es su papel en el procedimiento. Y Garzón no es un héroe pero tampoco un villano. Es un ser humanos, con grandes aciertos y grandes errores, yo en concreto me quedo en el de las escuchas telefónicas, una quiebra tan elemental del Estado de Derecho que hace acreedor al Juez que haya incurrido en tan grave comportamiento de una expulsión mucho más merecida que la de el otro que retrasó 6 meses un trámite, que insisto, es por lo que se le expulsó, no por su empeño en convertir en persecución ideológica el procedimiento contra él. Tb te digo que con estas sentencias que comentas sucede como con los accidentes de tráfico, la noticia es que durante el fin de semana fallecieron 20 personas, no que 10 millones de personas llegaron a casa sin percances. Lo que me preocupa es tu afirmación final de que "Garzón no puede ser culpable de nada"... Ser juez no supone ser intocable ni infalible, los jueces tb están sujetos a la legalidad (faltaría más) y asistimos al enjuiciamiento de esa conducta por otros jueces que decidirán si Garzón ha incumplido o no la ley al extralimitarse en sus funciones o saltarse las normas que como Juez debe cumplir.

Antonio, y ¿no te parece que esa frase es aún mucho más peligrosa de lo que en principio uno puede captar? -hablo de la zorra- ¿no te atreverías a calificarlo como una amenaza de muerte encubierta, que pasa de rositas. Yo no soy un gran conocedor de la justicia y sus devenires pero sí veo como cualquiera que la justicia no es igual para todos, y te recuerdo que conozco un gran número de casos dada mi experiencia carcelaria (no por haber estado cumpliendo ninguna condena sino satisfaciendo una ilusión que tú también tuviste posibilidad de compartir)  Sé que Mario Conde, Luis Roldan y muchos otros cuyos nombres se olvidan porque dejan de ser  relevantes están en su casa después de cumplir condenas irrisorias. Lo que digo, porque veo siempre desde la lejanía y comprendo que la ética en este país es una "falacia", como la "libertad". ¿Cuántas estructuras de ingeniería financiera se han descubierto en los últimos años? en las que abogados, notarios, registradores y demás "plebe", han hecho lo posible por rentabilizar la corrupción, y quedan luego, estancados y no condenados por los vericuetos procesales, argucias de profesional, que eliminan pruebas, etc, etc, etc. El refranero español es muy sabio siempre se dijo que donde está la lay está la trampa y yo lo he creído a pies juntillas toda la vida. Gonzalo Torrente Ballester nos ofreció hace muchos años, a través de su trilogía "Los Gozos y las Sombras"  una imagen de la justicia actualizada totalmente, justo en tiempos de La República. "El Crimen de Cuenca" de Pilar Miró  nos regala la mejor imagen de los intereses creados en torno a ella, con consejo de guerra incluido. Como digo no pretendo crear una imagen distorsionada de una realidad, como dicen ahora, poliédrica. Mantengo que a Garzón se le ha llevado a un precipicio por dos pecados capitales: Investigar las muertes del Franquismo e instruir el caso Gurtel, que tantas ramificaciones está teniendo. Y sigo pensando que, después de ver como las agencias de calificación, como decía ayer en algún sitio, son capaces de obligar a un país a cambiar su constitución, su normativa laboral o su estructura económica y financiera, ¿cómo no  va a actuar una profesión, corporativamente, contra un miembro díscolo de su organigrama? Si hay sentencia contra Garzón, es más que evidente que la aceptaré, pero juro leérmela al detalle; por supuesto la acataré porque, siempre, a pesar de cualquier crítica (que yo considero constructiva) he creído en la justicia de forma genérica, no tanto en las personas que la ejercitan. Pero eso siempre ocurre cuando uno es crítico con un sistema que no le gusta, con formulaciones legislativas que  tienden a favorecer a quien tiene dinero -con el que acudir a su derecho a la justicia-, y no todo el mundo lo tiene, incluso aunque crea tener razón. No soy partidario de expulsar a nadie, ni castigar a nadie pero, quien merezca un castigo por vago o por corrupto, que los hay a "portillo abierto" que dirían en la huerta", pues que los castiguen, si es que se puede, porque   hay que ver lo generosos que son los jueces consigo mismos y sus adláteres (colegas)

Sobre que sea más peligroso ese sentido de la frase, efectivamente, puede serlo, pero es que una cosa es el delito de amenazas (Artº 169 CP) consistente en causar un mal que costituya delito, en este caso era de lesiones (se castiga con pena de 6 meses a 2 años de forma genérica y al amenazar de modo leve a la esposa o exesposa de 6 meses a 1 año) y otra cosa es el delito de injurias (Artº 208 CP, expresión que lesiona la dignidad de la persona, multa de 6 a 14 meses). Si en este caso concreto se pide esto último está condenado al fracaso por que el acusado no dijo "dile a la zorra de tu madre" sino "dile a tu madre que tendrá que andar por la calle como una zorra por si un día le pasa algo", refiriéndose, como expresaba esa sentencia que no parece haber leído nadie, a que avisaba de que "igual un día le pasa algo". Eso son amenazas pero SI EL ABOGADO NO LO INCLUYE EN SU ACUSACIÓN el juez no lo puede enjuiciar, caso similar a lo que acaba de suceder con el caso de Marta del Castillo en que el propio Tribunal le ha tirado de las orejas a la acusación al decir que no procede reclamar atentado contra el honor por parte de los padres "aunque cosa distinta hubiera sido de proceder por el artº 173 y siguientes" (tortura contra la integridad moral). Tú no eres un gran conocedor de la Justicia, tampoco yo, no te creas, sólo sé dónde hay que ir a buscar y luego tengo mi subjetividad, que si no no existirían pleitos pq todos veríamos lo mismo en la Ley y no harían falta los juicios. Pero estamos hablando de flagrantes inadecuaciones a lo que la Ley expone y por tanto emitir una sentencia en otro sentido sería un error del Tribunal si tratara de impartir justicia por su cuenta para tapar los agujeros de los demás.


En este país y en muchos otros robar suele estar mucho menos castigado que otro tipo de delitos (lesiones, asesinatos, violaciones...) y bueno, lo de "irrisorio" en el caso concreto de Mario Conde o Roldán, que no digo yo que sean un par de pájaros, pues tampoco es de risa chuparse 12 y 15 años de cárcel respectivamente. Me vas a perdonar con lo de la "experiencia carcelaria" pero te reitero lo que te dije antes sobre las estadísticas de accidentes de tráfico. Te recuerdo en lo que trabajo y te imaginarás que cada semana pasan por el despacho unas cuantas sentencias. Muy pocas, de verdad, poquísimas y contadísimas llaman la atención por ser "injustas" en el sentido de que parezca que la ha dictado en lugar de un señor con estudios y razonamiento alguien que pasaba por allí, y me refiero tanto a las que ganan como a las que pierden nuestros clientes, no siempre se tiene razón o no siempre se ha sabido argumentar bien o defender bien una postura... o simplemente algo tan sencillo como PROBARLO. Y Carcaño no es culpable hasta que lo demuestran y sólo será culpable de lo que demuestren. Y es muy doloroso que sólo lo condenen por asesinato pero es que por mucho que todos tengamos una "convicción moral" de que algo es de una edterminada forma, hay que probarlo. Tb "sabíamos" que Herri Batasuna "era" ETA pero hubo que probarlo para desmontar el "partido político". 



Sólo un apunte sobre el "consejo de guerra" a Pilar Miró... es que en aquella época la Guardia Civil estaba regida por la legislación militar, y un delito contra el honor del Cuerpo no podía regirse por la legislación civil, por tanto se celebró un PROCESO MILITAR, que no es lo mismo que un CONSEJO DE GUERRA, que como su propio nombre indica sólo puede celebrarse... ¡¡¡en tiempo de guerra!!! (bueno, o para encausar actos que han tenido lugar durante tiempo de guerra, pero no era el caso). Lo siento, Antonio, los que hemos estudiado Derecho tenemos esta cabezonería con la precisión terminológica ;-)

Y ya para terminar de daros la paliza, si leéis con atención el texto completo de la noticia cuyo enlace incluyes veréis que al marido se le ha condenado POR LESIONES, por MAL TRATO, pero al no apreciarse una situación de dominación no se adecúa al tipo penal de "violencia machista" (que de eso si queréis hablamos otro día y os enlazo a la jueza Poza que desde Murcia interpuso un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Violencia contra la Mujer http://custodiapaterna.blogspot.com/2011/10/el-constitucional-se-divide-por-el.html ). En definitiva, volvemos a lo de la sentencia de la "zorra"... HAY QUE LEÉRSELO TODO, que en este caso no es que pegarle a la mujer NO sea delito, es FALTA de MALTRATO, como en aquel caso no había INJURIAS sino AMENAZAS. Curiosamente castigadas con más pena las amenazas que las injurias... pero es que hay que concretar de qué acusas!!!




Yo estoy convencido de que tú puedes darme lecciones de leyes, abogacía, sentencias, denuncias y todo cuanto dominas por tu profesión. Estoy convencido de que todo cuanto dices es completamente real, pero tienes que tener en cuenta, que la interpretación de hechos es un acto no científico y mantengo que la justicia no es justa, que los jueces, no siempre, pero pueden hacer uso -en su conocimiento de las leyes- de su capa un sayo. Lo vemos en el tribunal constitucional, lo vemos en las sentencias  en las que se argumentan con votos en contra, lo vemos en la totalidad de los estados democráticos. Yo  no pretendo demonizar la justicia, pero mantengo mi opinión de que todo es posible, y mantengo ese dicho: "quien conoce la ley conoce la trampa" y mantengo que Garzón ha sido vapuleado por la justicia misma y mantengo mi opinión sobre la inocencia de Garzón, vuelvo a decir que acato y  respetaré cualquier sentencia, pero en este caso me sumo a eso que los católicos llamáis Acto de Fe, igual también se usa en el estamento jurídico, no lo sé, reitero que pierdes tu tiempo con un hombre con graves carencias intelectuales, pero me atengo a un acto de fe y es mi creencia que Garzón no hizo uso de ningún elemento irregular en la tramitación de sus pesquisas o instrucción. Es lo que creo firmemente. Hay mucha gente que cree que Camps es inocente y  otra que cree en su culpabilidad: lo sabremos en unos meses, todo depende de la beligerancia mediática que se use. Ahora, en otro  caso, todo se centra en Urdangarín, es cierto, pero tal vez esa novedad, oculta la gran cantidad de líderes políticos que están metidos en el ajo y que pasan de una forma desapercibida para la masa. Antonio, mi experiencia con la justicia no es precisamente para  tirar cohetes. Aún recuerdo las sentencias de la Colza, y otras muchas que exoneran a gente que es culpable porque no se puede o no se quieren utilizar pruebas determinantes. Y mi percepción de la justicia es una percepción de españolito de a pie, una percepción en la que se ve que las injusticias medran en el organigrama social y se aprecia como el individuo y la persona cada vez están más desprotegidas frente a corporaciones, grandes empresas, gobiernos... En fin, podríamos escribir un libro al respecto, y argumentaciones me quedan, pero es que me tengo que estudiar un examen de cine.



Antonio Rentero Es que el Derecho, como la Economía, en realidad No son CIENCIA, por eso son tan importantes las pruebas, la única forma de tener constatación material de lo que sucedió, y por eso ante la Ley no vale la fe ni las creencias, algo se ajusta o no a Derecho, con prueba material o testimonio irrefutable e indubitado, y mi querido Antonio, no pierdo mi tiempo contigo, lo comparto porque te aprecio y quiero darte a conocer lo poco que pueda compartir contigo. En todo caso me hace gracia que para algunas cosas sí seas creyente ;-) Tb te digo que muchos culpables "de a pie" se van de rosetas cada día, no me lo cuentan, lo veo en mi trabajo, así que resulta que sí, que la Justicia es igual para todos y tb hay "clases oprimidas" que se estaquean del largo brazo de la Ley. Un exámen de cine... ¡qué envidia!


Antonio Rentero Ah, y en mi humilde opinión es posible que Camps se llevara unos trajes sin pagar, pero creo que muchos otros se han llevado mucho más y aquí no ha pasado nada. No es que sea culpable, es que ha sido tonto y además hace buena esa frase de Carlos Rodríguez Braun de que el mejor amigo del hombre no es el perro.. Es el chivo expiatorio!!! ;-)

Antonio Escolar Ese es el problema: la calidad del pecado; pecado xl, m ó s. Que otros se hayan llevado más, y no los hayan pillado, no es una respuesta.

Antonio Escolar Creo que no me voy a presentar, mi Sobtresaliente del año pasado podría convertirse en cualquier cosa.


Antonio Rentero ‎"El magistrado de la Sala Penal del Supremo Alberto Jorge, un prestigioso referente de la izquierda judicial que por turno de reparto se encargó de instruir la causa contra Garzón, concluyó que las resoluciones dictadas por Garzón "destruyeron los pilares básicos del ordenamiento procesal del Estado de Derecho" al "laminar" el núcleo duro de lo que es un proceso justo: el derecho de defensa, el derecho a no declarar contra uno mismo, el derecho a no confesarse culpable y el secreto profesional de los abogados.

Para Jorge, ese "vaciamiento" del derecho de defensa no sólo desactivó cualquier posible estrategia de los imputados para contrarrestar los cargos que pesaban contra ellos sino que, aún peor, "transmutó el derecho de defensa en un instrumento de autoinculpación", ya que los internos, al informar a sus abogados, admitieron determinados hechos incriminatorios."


Antonio Rentero A Garzón no le persiguen los fachas, parece ser...

Antonio Escolar Por cierto Antonio Rentero, mira lo que dice mi hermano pequeño, que me ha gustado mucho y me parece muy técnico: La argumentación jurídica sobre por qué se puede escuchar con orden judicial a un abogado cuando habla con su cliente en una visita en la cárcel es algo más extensa y, por tanto, mucho más difícil de resumir. Tal y como explica el fiscal, hay una regulación específica un tanto confusa para las autoridades administrativas -para los carceleros, para que se entienda- y otra genérica para los jueces, que sí pueden pinchar las conversaciones entre un abogado y su defendido, aunque están obligados a justificarlo muy bien. Intento un extracto aclarador, aunque recomiendo la lectura completa del documento, que tampoco es tan largo y ayuda a entender muy bien el tema

Aunque el régimen general de estas intervenciones no provoca ninguna dificultad interpretativa, la cuestión se ha presentado, sin embargo, más polémica en lo que se refiere a la intervención de las comunicaciones de los internos con sus abogados, pues esa medida, conforme al art. 51.2 LOGP, sólo puede adoptarse “por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo”, lo que por su ambigüedad sintáctica permite extender o reducir el ámbito de aplicación del precepto según la locución se entienda formulada en términos alternativos o acumulativos.

En efecto, la STC 183/1994 se limita a declarar que “el art. 51.2 de la L.O.G.P. autoriza únicamente a la autoridad judicial para suspender o intervenir, de manera motivada y proporcionada, las comunicaciones del interno con su Abogado sin que autorice en ningún caso a la Administración Penitenciaria para interferir esas comunicaciones”. Lo que el Tribunal Constitucional declara es que la posibilidad de intervenir las comunicaciones de un interno con su letrado no puede dejarse en manos exclusivas de la autoridad administrativa —el director del centro— sino que esa medida, por la entidad del derecho afectado —el derecho de defensa— requiere previa autorización judicial.

(…) Más claro si cabe en este punto resulta el ATS de 10 de diciembre de 1999 (Puerta Luis), según el cual, “la intervención de las comunicaciones acordada por el Director de un centro penitenciario del art. 51 de la LOGP no guarda relación alguna con las intervenciones que se pueden acordar al amparo del art. 579 de la LECr”.

(…) De lo expuesto se colige que cuando la intervención de las comunicaciones de un interno tenga por finalidad la investigación de un delito podrá acudirse a la norma del art. 579 LECr, sin que proceda hacer distinción por razón del destinatario de la comunicación —abogado o no— ni de la naturaleza del delito —terrorismo o no—, pues el art. 51.2 LOGP contemplado desde la perspectiva limitada del régimen penitenciario nada puede disponer —y no lo hace— contra la aplicación de la ley procesal penal. El Juez de Instrucción podrá acordar la intervención de las comunicaciones en la investigación de cualquier delito sobre la base del art. 579 LECr con tal de que en su resolución exprese el juicio de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida.

Mas resumido: se puede escuchar a un abogado hablar con su defendido siempre que lo ordene un juez, y no sólo en casos de terrorismo; no es algo extraño ni que se haya inventado Garzón, sino que existe jurisprudencia de sobra que sigue ese criterio. Es más fácil de entender con un ejemplo, y hay casos a decenas. Uno reciente: el de la investigación del asesinato de Marta del Castillo.------------ por supuesto cito la fuente http://www.escolar.net/MT/archives/2010/03/%C2%BFse-puede-grabar-a-un-abogado-cuando-habla-con-su-cliente.html#more-5725
Lectura recomendada para entender ese supuesto caso de las escuchas a los abogad...Ver más


Antonio Rentero Te recuerdo que en este caso el Fiscal es de la opinión de que Garzón NO ha incumplido la Ley, y por tanto va a defender las mismas tesis que el juez al que se juzga. El texto al que aludes es simplemente una argumentación por parte de una de las partes (valga la redundancia) tan válida como la argumentación en sentido contrario (a la que personalmente me adhiero). Se cuida muy mucho no obstante la Fiscalía (y tu "hermano pequeño", que de ese si quieres hablamos otro día, pero no te va a gustar nada de lo que te diga de él, de su padre y de su empresa) de mencionar que tanto como reiteran lo de que la medida de intervención necesitaría resolución motivada con expresión de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida... en este caso tal resolución no existía sino que de forma genérica se pedía "la intervención de las comunicaciones entre abogados y clientes", en la práctica una patente de corso abierta y sin límites. Que por esto es por lo que se le enjuicia, por cierto, además de que la Fiscalía interpreta el Artº 579 LECr torticeramente en el sentido de que no se limita a los delitos de terrorismo por enteder que semánticamente "por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo" son dos cosas distintas, permitiendo por un lado la aplicación de la intervención de las comunicaciones en un caso (por orden de la autoridad judicial) y por otro lado en otro caso (en los supuestos de terrorismo) cuando hay una controversia que viene de antiguo y que ha sido puesta de manifiesto en innumerable jurisprudencia (http://www.elderecho.com/penal/secreto-comunicaciones-LECrim-intervenciones-telefonicas_11_159055012.html) (http://www.recercat.net/bitstream/handle/2072/9115/treballrecerca.pdf?sequence=1) sobre la intepretación extensiva de dicho párrafo, en sentido claramente negativo para casos como el que nos ocupa, en el que además de la inexistencia de motivación de la decisión de intervención de las comunicaciones... ¡es que es necesario que se notifique la misma al interesado! ¿Cómo no va la Fiscalía a defender esa misma postura de Garzón si el Colegio de Abogados de Madrid se querelló contra Garzón y los Fiscales por estas escuchas? (http://www.publico.es/espana/262550/el-colegio-de-abogados-se-querellara-contra-garzon-y-los-fiscales-de-la-gurtel). Te ha gustado mucho lo que dice tu "hermano pequeño" y te parece muy técnico... pero es MUY interesado pq defiende la postura de una parte implicada en el proceso, en concreto de la parte acusada de quebrantar las más elementales garantías constitucionales.
Magistrada. Servicios especiales

Antonio Escolar No menos conocido por su triste actualidad es el caso de la investigación seguida por el asesinato y violación de la joven Marta del Castillo que ha dado lugar a las D.P. nº 746/09 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Sevilla. La necesidad de progresar en la causa para, según la literalidad de la resolución, “el esclarecimiento de los hechos, nivel de la implicación en ellos de los ya imputados y, en su caso, de terceras personas, y el hallazgo del cuerpo de la menor” determinó que el Instructor con base en lo dispuesto en el art. 579.3º LECr acordase por Auto de 3 de marzo de 2009 la “intervención, grabación y escucha de las comunicaciones que M.C.D, S.B.P y F.J.D.M. mantengan en los Centros Penitenciarios en que los mismos permanecen o permanezcan recluidos, tanto telefónicas como de locutorio” (negrita en el original). Dado que en ejecución de lo acordado se grabaron las comunicaciones de los internos con sus letrados, la defensa de un imputado interesó la nulidad de esa resolución por entender comprometido el derecho de defensa. La petición fue desestimada por Auto de 24 de julio de 2009, que declara a este respecto: “…el auto de 3 de marzo no acordó expresamente la intervención u observación de las conversaciones Abogado-cliente por más que fueran también grabadas como consecuencia de no haber sido excluidas y no se desconoce que no sería utilizable contra los reos el contenido de esas comunicaciones con sus Abogados excepto en lo atinente al hallazgo o localización del cuerpo de la víctima”. Es decir, que en la intervención de las comunicaciones del imputado el Juez no tiene por qué excluir a limine las que éste mantenga con su abogado, sin perjuicio de que después deba desechar las de esa clase que no interesen al objeto concreto de la investigación, en este caso el hallazgo del cadáver. Por el contrario, es lícito aportar a la causa la grabación de las comunicaciones del imputado con su abogado si las mismas revelan dónde se puede localizar el cuerpo de la víctima, nada menos que la confesión al abogado de las circunstancias en que se deshizo del cuerpo del delito —revelación a la postre no efectuada— con toda la carga incriminadora que ello puede conllevar. Algo similar es lo que ha acontecido en la presente causa: se han intervenido temporalmente las comunicaciones de tres imputados internos en un centro penitenciario incluyendo a sus abogados como medida dirigida especialmente a la investigación del delito de blanqueo de capitales que aquéllos planeaban y ejecutaban organizadamente desde la prisión.

Lectura recomendada para entender ese supuesto caso de las escuchas a los abogad...Ver más
Hace 23 horas · Me gusta · 

Antonio Rentero La diferencia es que en su caso podría grabarse y utilizarse si media orden motivada del juez y Garzón emitió una genérica que además no iba encaminada a esclarecer el delito que se investigaba de la trama Gürtel sino otro de blanqueo de capitales que según él estaban orquestando los acusados a través de sus abogados... A veces es lo que pasa cuando uno busca esos vericuetos legales, esos resquicios que tan poco te gustan para otras cosas y otros pájaros que se salen con la suya... que los pillan. Y por cierto, si esto es una persecución política imagino que lo de Camps tb, ¿no?

Antonio Escolar NO. Camps no es juez, y no investiga una trama de corrupción, más bien, a tenor de las maniobras de Trillo para ocultar la trama de los trajes, ha hecho lo contrario.


Antonio Rentero Ahora sí que me has matao... ¿las maniobras de Trillo para ocultar la trama de los trajes? si defender a un cliente es maniobrar para ocultar una trama imagino que el abogado de Garzón tb estará maniobrando para ocultar la comisión de un delito de prevaricación y los abogados de Carcaño estaban maniobrando para ocultar una trama de asesinato y así se entiende que un Juez se considere por encima de la Ley para saltarse la norma que rige la posibilidad de autorizar escuchas a las conversaciones abogado-cliente en aras del esclarecimiento de los hechos, pq total, si el acusado le cuenta los detalles de lo que hizo a su cliente es pq lo hizo y hay que condenarlo a él como autor y a su abogado como cómplice y encubridor... ¡viva la presunción de inocencia y el derecho de defensa!

Antonio Escolar Antonio ¿Tú has leído las declaraciones del sastre y la cajera...? y otra cosa importante. Si el juez del caso de Marta del Castillo realizó las mismas maniobras, bajo el mismo articulado que Garzón, para el esclarecimiento de un crimen ¿cómo es que no le han imputado, sancionado o enjuciado? Si el juez que sustituyó a Garzón ratificó todas las medidas adoptadas por él, ¿cómo es que no esta imputado, sancionado y enjuiciado?. Esto huele mucho, y no a jazmín y rosas.


Antonio Rentero A lo primero reitero lo anterior, en la investigación del mismo delito podría admitirse, pero Garzón aduce que es para investigar un delito de blanqueo de capitales que es distinto del que se investigaba. Si el juez que sustituye a Garzón ratifica las medidas para mi está igual de mal, habrá que dirigirse también contra él aunque tb te digo que en cualquier caso estamos asistiendo a un juicio, Garzón puede terminar resultando absuelto (personalmente creo que en este caso y en de las cartas pidiendo dinero para irse a NYC lo tiene difícil para escaparse y creo que con lo de l Memoria Histórica no pasará la cosa a mayores) , pero en cualquier caso ¿qué problema hay en que un Tribunal enjuicie una actuación, de un juez o de un ciudadano de a pie? ¿Tememos que no salga lo que "nos gusta"? ¿si la sentencia no es de nuestro gusto "en España no hay Justicia" y si la sentencia es favorable "al fin se ha hecho Justicia"? Insisto, la Justicia y la Democracia hay que respetarlas sea cual sea el resultado, si no apaga y vámonos.


Antonio Rentero Y por cierto, tú tienes tus motivos personales para desconfiar de la Justicia pero cuando quieras recordamos el caso de un amigo mío y compañero de carrera, Alcalde, que por lo visto era tan peligrosísimo lo que había hecho que tuvo que pasar una temporada entre rejas "preventivamente" y luego no ya es que no le condenaron sino que el asunto terminó archivado porque no había delito... Y sigo creyendo en la Justicia, cosa distinta es que las personas cometemos errores, pero si no respetamos las Instituciones pues nada, nos volvemos a la cueva y que mande el que tenga el garrote más grande.

El comisario jefe de la UDEF dice que el magistrado les hizo esa advertencia ante las escuchas. Asegura que la trama Gürtel se dedicaba al blanqueo 'puro y duro'.


Antonio Rentero Hombre ¿y esto lo dice ahora? ¿pq no lo dijo el primer día que se le acusó?


Antonio Rentero ‎"El jefe de grupo de la Unidad de Intervenciones de la Policía dijo también que Garzón le ordenó personalmente que los “pinchazos” preservaran el derecho de defensa de los letrados y expurgaran de sus informes cualquier extremo que pudiera incidir en ella, y aseguró, que de las comunicaciones intervenidas entre imputados y letrados no se derivó ninguna diligencia de investigación."


Antonio Rentero El típico testimonio que en las películas aparece en el último minuto... ¿tanto costaba haber desvelado este dato el primer día? Aparte, ahora hay que probar que esto efectivamente es así...

Antonio Escolar Lee "En er mundo", tal vez encuentres argumentaciones más afines a la teoría de lo malvado que fue Garzón vulnerando el derecho de la defensa mientras preparaban el blanqueo de capitales y salvar patrimonios.

En "El Mundo" dice lo mismo, lo que me mosquea es que este detalle tan esencial no haya salido hasta ahora. Por esto es por lo que insistía en que no hay que tener miedo a una investigación judicial, pero si se ha vulnerado (presuntamente) un derecho constitucional que sea un Juez quien decida y no empecemos a decir que no hay Justicia o que fulano es inocente diga lo que diga el Tribunal, pq por la misma regla de tres podría haber quien dijera que fulano es culpable diga lo que diga el Tribunal.
Hace 42 minutos · Me gusta
E insisto, si tan importante es conocer la verdad por encima de los derechos fundamentales, que intervengan las comunicaciones entre Garzón y sus abogados y que nos enteremos de si están tratando de eludir la acción de la Justicia. Total, si no lo están haciendo no pasa nada, no nos vamos a enterar de nada que no pueda salir a la luz. A ver si va a resultar que sólo se esconde el que tiene algo que ocultar y no el que quiere estar solo sin que le molesten en su casa sin que nadie se entere de lo que hace, por inofensivo que sea. 
Aurora Izquierdo Roa yo no digo nada , que no quiero decirlo , vamos, pero esta es la misma justicia , que la de la semana pasada con Marta del Castillo ... que es una pregunta solo , eh???, que luego os poneis muy pesados contestandola
un juez puede determinar a la luz de ese artículo si se está cometiendo un delito flagrante una orden como la que emitió,Antonio Rentero, entre otras cosas porque queda demostrado. -Lo alucinante es que el supremo invalide o niegue la declaración de su sucesor que mantuvo tales escuchas por el mismo motivo, se vulnere o no se vulnere hay un articulo que lo permite y habiendo declarado por escrito que la salvaguardia de la defensa estabaa por encima de todo .... creo que es suficiente. 

un juez puede determinar a la luz de ese artículo si se está cometiendo un delito flagrante una orden como la que emitió,Antonio Rentero, entre otras cosas porque queda demostrado. -Loalucinante es que el supremo invalida o niegue la declaracion de su sucesor que mantuvo tales escuchas por el mismo motivo, se vulnere o no se vulnere hay un articulo que lo permite y habiendo declarado por escrito que la salvaguardia de la defensa estabaa por encima de todo .... creo que es suficiente. 
Antonio EscolarAurora Izquierdo Roa llegas tarde. Llevamos tres días dale a la machaca con esto.
Aurora Izquierdo Roa y yo intentando ignoraros , que mi imagen tiene que ser siempre BLANCA, pero es que ya no puedo mas , ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡si no hablaba reventaba .. 

Antonio Rentero ‎"un juez puede determinar a la luz de ese artículo si se está cometiendo un delito flagrante" pues eso es lo que están haciendo ahora, determinarlo delante no de un Juez... de un Tribunal. 
Antonio Rentero Sí, es la misma Justicia. Y no sabes la aventura que supone exponer un asunto idéntico a otro ante el mismo Juez y que unas veces resuelva blanco y otras resuelva negro... y otras diga que manzanas!!! 
Antonio Escolar Pues nada, yo le cedo todo mi apoyo a un juez, que al margen de lo mediático que sea me pareció siempre honesto, firme y eficiente en su trabajo. y Antonio Rentero, la justicia deja mucho que desear. Siento decirlo tajante y agriamente. Voy a subir a un blog nuevo que tengo toda esta charla, con tu permiso.
Hace 23 minutos · Me gusta
Por cierto, lo de "por encima de todo hay un artículo que lo permite" pues más bien va a ser que no es del todo así, como dije ayer por otro lado aportando incluso sesudos estudios sobre algo tan elemental como lo que hoy trataban de dirimi...Ver más
Intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente. Intromisión ilegítima en el derecho a la defensa

Antonio, yo tb pienso que la Justicia deja mucho que desear, y podría aburrirte de ejemplos que no conozco de leerlos en la prensa y formarme mi opinión como ciudadano, sino de cosas que veo a diario por mi trabajo, pero precisamente pq tb veo la gran cantidad de esforzados profesionales, dedicados funcionarios y sobre todo la gran cantidad de problemas que realmente resuelve de forma habitual la Justicia (que sí, que tb lo hace) es por lo que puedo coincidir contigo en que deja que desear pero pq todo es mejorable. Lo que no hago ni haré nunca será dejar de creer en ella, no respetarla o respetarla sólo cuando el resultado me satisfaga. Si así fuera los profesionales del Derecho nunca trabajaríamos para defender a quien ha cometido un delito por muy claro que esté que terminará condenado. Eso sí sería tremendamente injusto, y unas veces se condenará a un inocente y otras se absolverá a un culpable, pero dime algo en esta vida que sea 

Antonio Rentero Y por supuesto tienes mi permiso para subir todo este intercambio epistolar digital que llevamos estos días a un blog, faltaría más!!! Aunque sólo sirve de ejemplo de como podemos estar una semana discutiendo sin perder las formas, en estos tiempos esto debe parecer ciencia-ficción a cualquiera que suela ver un debate en la tele jajajajaja
Antonio RenteroAurora Izquierdo Roa, mójate, no tengas miedo ;-)

Llevo dos días discutiendo (muy amistosa y dialogántemente) con mi amigo Antonio Rentero sobre el juicio de Garzón. Nos hemos enrocado en una simple lucha de términos jurídicos que, evidentemente, manejan mejor quienes son juristas de lo que podría hacerlo yo, pero a tenor de las explicaciones y objeciones de todos aquellos críticos contra este juicio -ya adelanto que desde mi punto de vista: vergonzoso y vergonzante para la justicia, la sociedad y la honestidad ética en España- confío en que Garzón sea absuelto, ya que de lo contrario, si uno siente motivos suficientes para sentirse asqueado de como se ha construido la democracia en este país, éste sería la gota que colma el vaso. Quien no es jurista no conoce toda la terminología, como digo, pero quienes sí la conocen y al mismo tiempo escriben en periódicos de diferente calado ideológico dan ideas variadas sobre términos que resultan vergonzosos. Uno de esos artículos es en el que se basa el enjuiciamiento de Garzón por escuchar telefónicamente a los abogados de la defensa. Ignacio Escolar ha ha hecho un encendido reconocimiento de las maniobras de la fiscalía para "linchar" y convertir en un pordiosero de la justicia a uno de los jueces emblemáticos en nuestro país: con demostrada eficiencia e imparcialidad más que justificada (recuerden que investigó a los Gal y también a los Gurtel, pasando por Pinochet, y ¡oh cielos! se ha atrevido, además, a luchar contra el mismísimo Franco muerto) para intentar revertir una injusticia histórica que atenta contra la memoria de muchos miles de familias que no saben dónde rezar o recordar a sus familiares, defenestrados u olvidados en una cuneta. 

Llevo dos días buscando artículos, libros de jurisprudencia y sigo absolutamente convencido de, que una cosa así, sólo pasa en España. ¡Es realmente vergonzoso ver como la misma ley o articulado, que sirve para que el juez del caso "Marta del Castillo" tome unas medidas, o el mismo artículo que ratifica el sucesor de Garzón en sus trabajos de instrucción del caso, sirven para que Garzón esté sentado en un banquillo! 
Me avergüenza que la justicia esté mediatizada por la ideología. No encuentro motivos por los que Garzón deba estar en un banquillo como si fuera un criminal, cuando intenta investigar una red de corrupción que junto al innumerable conjunto de casos de corrupción, sean del bando que sean y pertenezcan al partido que pertenezcan, ha llevado a este país a la ruina. Y me gustaría qué, la justicia se reformase hasta tal punto -igual que la democracia misma- no hubiera jamás ninguna posibilidad de enjuiciar a un inocente haciendo uso de ingeniería jurídica, porque este caso está basado en eso en la ingeniería jurídica, igual que en lo económico hemos visto redes de ingeniería financiera que están llevando al colapso a Europa.




No hay comentarios:

Publicar un comentario